AUDITORIA, FACTURACION Y RECAUDO SOAT - ECAT
- Recepción, revisión, auditoria técnico científica y liquidación de las facturas correspondientes a los servicios médicos prestados con cargo a la ADRES y las aseguradoras, según la normatividad vigente.
- Retroalimentación a la IPS mediante:
- Capacitaciones presenciales
- Capacitaciones virtuales
- Elaboración y validación de medios magnéticos (FURIPS y RIPS), según las resoluciones 3374 de 2000, 1915 de 2008 y 1645 de 2016.
- Radicación electrónica o personalizada de las reclamaciones ante las aseguradoras y generación del certificado de radicación de la ADRES a más tardar 30 días después de recibidas.
- Revisión, análisis y respuesta de glosas y devoluciones de las aseguradoras y la ADRES a más tardar 30 días de recibida.
- Gestión de cobro, seguimiento y confirmación de los pagos efectuados por las aseguradoras y la ADRES.
- Depuración de saldos de cartera con las aseguradoras por concepto de SOAT.
- Conciliación administrativa y de pertinencia médica de las objeciones totales y parciales, conforme al cronograma anual de cruces y conciliaciones.
- Representación y trámite de cobro de los servicios prestados por la IPS por concepto SOAT y ECAT mediante vía judicial o extrajudicial:
- Conciliación extrajudicial dentro de los 271 a 360 días desde la fecha de emisión de la factura.
- Radicación de la demanda ante la jurisdicción pertinente dentro de los 361 a 420 días.
- Elaboración y entrega de informes mensuales a la IPS:
- Actas de variación
- Radicación
- Aprobaciones y pagos
- Informe de gestión y cierre mensual
- Elaboración y entrega de informe de gestión trimestral:
- Informe jurídico
- Cruce de saldos y circularización SOAT